La oficina del/de la Obispo/a Presidente de la Iglesia Episcopal notifica a la Diócesis de Massachusetts que el proceso de consentimiento canónico se ha completado con éxito

La Oficina del Obispo Presidente de la Iglesia Episcopal, Katharine Jefferts Schori, ha notificado a la Diócesis de Massachusetts que el obispo electo Alan Gates ha recibido la mayoría requerida de consentimientos en el proceso canónico de consentimiento.

De conformidad con el canon III.11.4 (a), la Obispa Presidente confirmó la recepción de los consentimientos de la mayoría de los obispos con jurisdicción, y también ha revisado la evidencia de los consentimientos de la mayoría de los comités permanentes de la Iglesia que le envió el comité permanente diocesano.

En el Canon III.11.4 (b), los Comités Permanentes, al dar su consentimiento a la ordenación y consagración, dan fe de que están «plenamente conscientes de cuán importante es que el Sagrado Orden y Oficio de un obispo/a no se confieran indignamente, y, firmemente convencidos de que es nuestro deber dar testimonio en esta ocasión solemne sin parcialidad, declaramos, en presencia de Dios Todopoderoso, que no tenemos conocimiento de ningún impedimento por el cual el reverendo A.B. no deba ser ordenado a ese Santo Oficio. Además, declaramos, de manera conjunta y solidaria, que creemos que el reverendo A.B. ha sido elegido de manera debida y legítima y que posee tal suficiencia en el saber, tal solidez en la fe, y de un carácter tan piadoso que es capaz de ejercer el oficio de obispo/a para honra de Dios y edificación de la Iglesia, y de ser un ejemplo saludable para el rebaño de Cristo».

El Rvdo. Alan Gates fue elegido el 5 de abril. Su servicio de ordenación y consagración está programado para el 13 de septiembre; la Obispa/a Presidente Jefferts Schori oficiará la ceremonia.

 

Un resumen del proceso                                 

Tras la elección, el candidato seleccionado pasa a ser obispo/a electo/a.  Tras algunos trámites, que incluyen exámenes físicos y psicológicos, la Oficina del Obispo Presidente envía notificaciones formales a los obispos con jurisdicción (solo obispos/as diocesanos/as), junto con notificaciones separadas de la diócesis electora a los Comités Permanentes de cada una de las diócesis de la Iglesia Episcopal. Estas notificaciones requieren acciones y firmas específicas.

Para que un obispo electo se convierta en obispo, el Canon III.11.4 (a) de la Iglesia Episcopal establece que una mayoría de los obispos/as diocesanos/as Y una mayoría de los Comités Permanentes diocesanos deben dar su consentimiento a la ordenación y consagración del obispo electo como obispo. Estas acciones —que se realizan por separado— deben completarse en un plazo de 120 días a partir de la fecha en que se envió la notificación de la elección a las partes correspondientes. 

Si el obispo electo recibe la mayoría de los consentimientos de los obispos/as diocesanos/as, así como la mayoría de los Comités Permanentes, el obispo electo está un paso más cerca. Tras un proceso de consentimiento exitoso, se procederá a la ordenación y la celebración.

 

 

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