El Comité del Obispo Presidente anuncia el proceso de presentación de nominaciones por petición

El Comité del Obispo Presidente anuncia el proceso de presentación de nominaciones por petición

El Comité Nominador Conjunto para la Elección del Obispo Presidente (JNCPB, por sus siglas en inglés) ha establecido su proceso para la nominación de obispos “por petición” que se postulan a la elección del 28º obispo presidente en la Convención General de junio de 2024.

Los cánones establecen que el comité JNCPB, además de su trabajo de discernimiento y nominación de un mínimo de tres obispos, también tiene la responsabilidad de «establecer un proceso oportuno mediante el cual cualquier obispo o diputado tenga la posibilidad de nominar a un miembro de la Cámara de Obispos a través de un proceso llamado ‘por petición’. Los obispos nominados mediante este proceso se someten a los mismos trámites de verificación de antecedentes y presentación de referencias a los que se sometieron los otros nominados. También permite que se incluya toda la información sobre los candidatos nominados “por petición”, en la información general que se publicará acerca de los candidatos». (Canon I.2.1(d)(4)).

A continuación se describe el procedimiento establecido por el comité para las nominaciones “por petición”.

Los cánones establecen que las únicas personas que pueden presentar una nominación por petición son obispos o diputados ante la 81ª Convención General. Dichas personas pueden indicar su deseo de nominar a un obispo que esté incluido en la lista de nominados para Obispo Presidente, la cual va a ser publicada el día 2 de abril.

  • El período de intención de nominación iniciará el miércoles 3 de abril a las 12:01 a.m. EDT y finalizará a las 11:59 p.m. EDT el lunes 15 de abril a las 11:59 p.m. EDT.
  • La Oficina de la Convención General enviará un correo electrónico a todos los obispos y diputados que incluirá el enlace para acceder al formulario de nominación que se debe utilizar para este proceso.

Todo obispo o diputado que desee nominar a un obispo “por petición” debe certificar en el formulario que cuenta con la autorización del obispo que desea nominar. No se aceptan nominaciones de diputados suplentes.

Se debe proporcionar la siguiente información en el formulario:

  • El nombre completo del obispo o diputado que presenta la nominación, junto con la siguiente información:
    • diócesis (u otro cargo) en la que sirve en este momento el obispo o vicario que presenta la nominación
    • número de teléfono del trabajo/oficina
    • número de teléfono móvil
    • dirección de correo electrónico laboral o personal
  • Nombre completo del obispo propuesto, junto con la información siguiente:
    • diócesis (u otro cargo) en la que el obispo sirve en este momento
    • número de teléfono del trabajo/oficina
    • número de teléfono móvil
    • dirección de correo electrónico preferida
    • consentimiento firmado del obispo nominado (incluido en el formulario de nominación)

Las solicitudes que deben llenar los nominados por petición se enviarán al nominado una vez recibido el formulario de nominación completo. El obispo debe llenar el formulario de solicitud y devolverlo al comité a más tardar 72 horas después de que el nominado haya recibido la solicitud para permitir la verificación de antecedentes correspondiente, tal como lo exigen los cánones.

Los cánones establecen que todo obispo cuyo nombre sea presentado en este proceso debe someterse al mismo proceso de verificación de antecedentes que el JNCPB efectuó con sus nominados, lo que incluye, pero no se limita a: la verificación de antecedentes penales, verificación de crédito, verificación de antecedentes judiciales civiles, verificación de licencia de conducir, examen psicológico y presentación de un informe de examen físico.

La solicitud exige que se presenten cuatro recomendaciones: un obispo, un sacerdote o diácono, un laico y una persona adicional. Una de las cuatro personas que sirven de recomendación debe formar parte del personal diocesano y otra debe estar relacionada con la gobernanza diocesana. Los recomendantes deben estar disponibles para ser entrevistados la semana del 15 al 20 de abril.

Por esta razón, el JNCPB insta a los obispos y diputados a que envíen la información sobre su intención de nominar por petición lo antes posible, a partir del 3 de abril.

El JNCPB debe presentar a todos los nominados ante ambas cámaras de la Convención General el día viernes 21 de junio. El nombramiento formal de los nominados tendrá lugar el martes 25 de junio. Los obispos deberán elegir al próximo obispo presidente durante una sesión cerrada el miércoles 26 de junio. Una vez hecho eso, se solicitará a la Cámara de Diputados que lleve a cabo su votación para confirmar o no la elección realizada por la Cámara de Obispos.

El JCNPB comenzó a trabajar conjuntamente en otoño de 2021. Véase aquí la lista de miembros del Comité.

Para obtener más información, póngase en contacto con el comité en pb28@episcopalchurch.org.

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Vea los comunicados de prensa anteriores sobre el trabajo de la comisión.